![Aplicación decreto 1273 de 2018](https://sp-ao.shortpixel.ai/client/to_webp,q_lossy,ret_img,w_833,h_833/https://www.tams-ascer.com/wp-content/uploads/2019/05/aporte_pila_independiente.jpg)
31 mayo, 2019
Trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios personales, deberán continuar efectuando el pago de sus aportes a la seguridad social, directamente mediante la PILA.
Descargar: Decreto 1273 de 2018 VRS LEY DEL PND.
Trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios personales, deberán continuar efectuando el pago de sus aportes a la seguridad social, directamente mediante la PILA.
Descargar: Decreto 1273 de 2018 VRS LEY DEL PND.
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